Hoy en día, el comercio electrónico está revolucionando la manera de hacer negocios en el mundo, gracias a los beneficios que proporciona el enviar información a través de Internet. Sin embargo, el único problema grave de esta situación es la falta de seguridad en el envío de datos de forma electrónica.
Algunos países de Europa y de Norteamérica, han desarrollado herramientas como la Firma Electrónica Avanzada para garantizar la seguridad en el envío de información a través de Internet.
En México, a partir de la Reforma al Código Fiscal de la Federación para 2004, se incorpora a la legislación fiscal, el uso de la Firma Electrónica Avanzada (FEA), con el propósito de que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales de una manera sencilla, confidencial y segura. Este sistema ofrecerá mayor seguridad al comercio electrónico y establecerá las bases para el uso de facturas electrónicas.
Mediante disposiciones transitorias se establece que para 2004 el uso de la firma electrónica avanzada sería opcional. Sin embargo, a partir del 2005 su uso será obligatorio, lo cual quiere decir que todo documento que se presente ante las autoridades fiscales, deberá ser digital y contener la FEA, exceptuando a ciertos contribuyentes.
En ese contexto, los contribuyentes registrados como usuarios de la Clave CIEC, deberán obtener y utilizar su firma electrónica avanzada.
¿Qué es la Firma Electrónica Avanzada?
La Firma Electrónica Avanzada es una herramienta digital que permite identificar al emisor de un mensaje como autor legítimo de este, tal como si se tratara de una firma autógrafa.
Con la llegada de la Firma Electrónica Avanzada (FEA), se podrán realizar diversos trámites ante el SAT sin tener que asistir a sus oficinas, utilizando cualquier computadora que tenga acceso a Internet. Esta firma no sólo identifica al contribuyente como autor de dicho trámite, sino que también ocultará y codificará automáticamente su contenido para que nadie más lo pueda leer. Es como “firmar” desde una computadora.
¿Cuál es la diferencia entre la Clave CIEC y la FEA?
Ambas son firmas electrónicas, pero la FEA cuenta con elementos de seguridad que permiten identificar al sujeto que emite un mensaje de datos. Legalmente, en la FEA el autor del mensaje no puede repudiar el acto que emite, es decir, no puede decir que no lo hizo.
¿En qué documentos se utilizará?
La firma electrónica avanzada se utilizará para efectuar las mismas operaciones que se realizan con la Clave CIEC, como son:
• Presentación de avisos al RFC.
• Presentación de declaraciones provisionales y anuales
• Expedición de comprobantes digitales (facturas electrónicas)
• Dictámenes fiscales.
¿Quién puede obtenerla?
Todas las personas físicas y morales, registradas ante el Registro Federal de Contribuyentes pueden tramitar su firma electrónica avanzada.
o En el caso de personas físicas, el contribuyente deberá comparecer personalmente.
o En el caso de personas morales, el trámite deberá ser realizado por el representante legal que tenga poder general para actos de dominio o de administración.
*Es conveniente decir que para tramitar la FEA de la persona moral es necesario contar con la FEA del representante legal.
¿Quiénes deben utilizarla obligatoriamente a partir de 2005?
El artículo 31 del CFF establece que los contribuyentes obligados a tramitar la Firma Electrónica Avanzada son los siguientes:
• Personas Morales con excepción del sector primario (contribuyentes dedicados a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas)
• Personas Físicas con Actividad Empresarial con ingresos anuales mayores a 1,750,000 pesos.
• Personas Físicas sin Actividad Empresarial con ingresos anuales mayores a 300,000 pesos.
¿Cómo obtenerla?
Para obtener la firma electrónica avanzada se debe llevar a cabo el siguiente procedimiento:
1. Obtener una cita
Los contribuyentes deben concertar una cita vía telefónica para acudir a la Administración Local de Asistencia al Contribuyente (ALAC), a los siguientes números telefónicos:
D.F. y área metropolitana: 5447-4070
Monterrey: 8150-0277
Del resto del país sin costo (01 800) 849-9370
El asesor que los atienda les indicará un número de folio que deberán proporcionar cuando acudan a la ALAC.
2. Generar dos llaves
Una vez concertada la cita deberán acceder a la página del SAT www.sat.gob.mx, en el apartado de e-SAT, sección “Tu Firma” y descargar el software llamado “SOLCEDI”.
A través del software “SOLCEDI” se generará un requerimiento de certificado de firma electrónica avanzada (que es un archivo con terminación .req) y la clave privada (archivo con terminación .key).
o El archivo con terminación .req deberá guardarse en disco magnético de 3.5” para su posterior presentación en la ALAC al momento de acudir a su cita.
o El archivo con terminación .key deberá ser guardado por el contribuyente en lugar seguro, procurando mantener la confidencialidad del mismo, debido a que contiene los datos de generación de la firma electrónica avanzada.
Cabe mencionar que el software “SOLCEDI” puede obtenerse directamente en las ALAC.
3. Reunir los documentos requeridos para la cita.
Antes de acudir a la cita, se debe reunir la siguiente información, de lo contrario no podrán generar la firma electrónica avanzada:
a) Personas físicas:
• Copia certificada y fotocopia del acta de nacimiento.
• Original y fotocopia de identificación oficial con fotografía.
• Original y fotocopia de comprobante de domicilio fiscal.
• Solicitud de Certificado de Firma Electrónica Avanzada, que podrá obtener en la página del SAT www.sat.gob.mx, en la sección “Tu Firma”
• Disco con archivo de requerimiento (*.req), generado por el software SOLCEDI
b) Personas morales:
• Original y fotocopia del poder general para actos de dominio o de administración del representante legal.
• Original y fotocopia de identificación oficial del representante legal.
• Original y fotocopia de comprobante de domicilio fiscal.
• Residentes en el extranjero deberán proporcionar, documento constitutivo debidamente apostillado o certificado, según proceda.
• Original y copia del acta constitutiva de la sociedad; del documento constitutivo; o del contrato de asociación en participación; según corresponda.
• Solicitud del Certificado de Firma Electrónica Avanzada que podrá obtener en la página del SAT www.sat.gob.mx , sección “Tu Firma”
• Disco magnético con archivo de requerimiento (*.req) generado por el software SOLCEDI
4. Acudir a la cita
El tiempo estimado de duración para la generación de la Firma Electrónica Avanzada es de sólo 15 minutos y se pide acudir por lo menos 10 minutos antes de la hora de la cita.
No es necesario hacer fila. El contribuyente, en el caso de personas físicas, o el representante legal, en el caso de personas morales, debe presentarse directamente en el Módulo de Registro e Información de la ALAC, en donde verificarán el número de folio que le dieron al concertar la cita, la documentación requerida y se le indicará el área a la que debe dirigirse.
El contribuyente o el representante legal, según corresponda, será atendido, entregará la documentación, le tomarán la foto, digitalizarán su firma autógrafa y ocho huellas dactilares, sin contar los dedos pulgares.
También se le entregará el Certificado Digital, el cual identifica al dueño de una Firma Electrónica Avanzada. Este certificado contiene información diversa acerca del firmante, servicios a los que tiene acceso para utilizar su firma, la fecha de vigencia del certificado, la Agencia Certificadora que lo emitió, entre otras características. Su vigencia es de 2 años, fecha en la cual tendrá que renovarse, ya que de lo contrario, no se podrá gozar de los beneficios de la Firma Electrónica Avanzada.