Sugerencias sobre como manejar el pago de los Impuestos (Primera Parte)
C.P.C. y M.A. Miguel A. Segura Aguilar
En México son dos los principales impuestos que recauda el Gobierno Federal. El primero de ellos es el Impuesto sobre la Renta, seguido del Impuesto al Valor Agregado, los cuales representan aproximadamente el 79% de la recaudación vía impuestos, en otras palabras estos son los impuestos más importantes que pagamos como contribuyentes.
Por lo anterior, es fundamental que conozcamos algunos tips fiscales que nos permitan sacar el máximo provecho de lo que las leyes fiscales nos permiten hacer dentro de un marco legal y fiscal, para que sin caer en errores o problemas de evasión, sí podamos pagar menos impuestos y en consecuencia generar un ahorro fiscal. Todo esto se puede hacer de una manera sencilla dependiendo del tamaño y necesidades particulares de cada empresa o empresario que particularmente se haya constituido como persona física, sin necesidad de un gran equipo o ejército de contadores que den solución a lo anterior.
Para saber como persona física con una actividad empresarial qué régimen te corresponde como contribuyente, te exponemos las siguientes opciones que van de acuerdo con las características del negocio que tienes o estas por iniciar:
REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
Lo primero que debes tomar en cuenta para poder optar por darte de alta en este régimen es que debes cumplir con dos condiciones. La primera es que aquí sólo puedes realizar operaciones con público en general, como en el caso de una florería, una estética o una tintorería, ya que en este régimen no puedes expedir facturas, únicamente notas de venta. La segunda es que no rebases de ventas de 2 millones de pesos anuales.
Entre las ventajas que tiene este régimen enumeramos las siguientes:
No es necesario llevar una contabilidad formal, lo único que necesitas es llevar un registro diario de los ingresos y conservar comprobantes de compras de activo fijo superiores a 2 mil pesos.
En el caso de contar con trabajadores y para efectos de participación de los trabajadores en las utilidades, el cálculo se simplifica a únicamente multiplicar el Impuesto sobre la Renta pagado por un factor de 7.35.
La mecánica de cálculo es muy simple ya que se paga un porcentaje fijo de 2% con base en lo siguiente: a los ingresos del periodo (bimestrales) se les resta una cuota fija y al resultado se le aplica el porcentaje señalado.
No es necesario presentar declaración anual de ISR, pero sí una declaración informativa de los ingresos obtenidos en el año.
Como te podrás dar cuenta, no necesitas contratar los servicios de un contador para controlar y preparar lo anterior.
Tip fiscal:
- Bajo este régimen, tienes la opción de que si más del 30% de tus ingresos provienen de bienes comprados en el extranjero, entonces podrías optar por calcular el impuesto, restando a los ingresos obtenidos por la venta de esta mercancía el valor de adquisición o compra de las mismas y a esta base aplicarle un 20%, en vez del 2% mencionado anteriormente, siempre y cuando conserves las facturas de la mercancía comprada en el extranjero.
Es importante destacar que también existen desventajas:
La principal es que no puedes emitir facturas por las ventas que tengas al público en general.
Otra desventaja de este régimen es que las deducciones por adquisiciones de activo fijo, compras u otros gastos propios del negocio no son tomadas en cuenta para el cálculo del impuesto.